La Reforma Laboral aprobada por el Gobierno ha traído muchas novedades y una de las más importantes, especialmente para empleados, pero también para aquellas empresas que estén contratando, tiene que ver con los nuevos incentivos a la contratación.

La iniciativa se recoge en el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas y tuvo efectos a partir del 1 de septiembre de 2023. Por tanto, hay que ponerse al día, porque estamos hablando de nuevas bonificaciones en las cuotas ordinarias del régimen de cotizaciones a la Seguridad Social.

Estos incentivos proporcionan una valiosa herramienta para los departamentos de RRHH, ya que pueden ayudar a diversificar y fortalecer el talento dentro de las organizaciones. La gestión de estos beneficios y la identificación de candidatos elegibles se convierten en un componente esencial de la estrategia de contratación.

Además, la Reforma Laboral también impacta en el control horario al introducir bonificaciones para la transformación de contratos temporales en indefinidos. Esto promueve una mayor estabilidad en el empleo, lo que puede tener un efecto positivo en la planificación de recursos y en la fidelización del talento.

absentismo

¿En qué colectivos pueden aplicarse los nuevos incentivos a la contratación? 

Lo que se persigue a través de este real decreto es la contratación de personas especialmente vulnerables, facilitando a las empresas bonificaciones en las cuotas obligatorias. A continuación, vamos a detallar cuáles son las bonificaciones, a quiénes pueden aplicarse y por cuánto tiempo:

Bonificaciones para la contratación indefinida

  • Personas con capacidad intelectual límite: 128 euros al mes durante 4 años
  • Readmisión de personas trabajadoras tras haber cesado en la empresa por incapacidad permanente total o absoluta, o por invalidez permanente, reincorporadas en otra categoría o que recuperan su capacidad y pueden ser contratadas de nuevo por la empresa: 138 euros al mes durante 2 años
  • Víctimas de violencia de género, de violencias sexuales y de trata de seres humanos: 128 euros al mes durante 4 años
  • Personas con riesgo de exclusión social (en general o tras haber finalizado un contrato con una empresa de reinserción): 128 (durante 4 años) y 147 euros al mes (los siguientes 12 meses)
  • Parados de larga duración: 110 euros al mes o 128 euros al mes (si son mujeres o mayores de 45 años) durante 3 años
  • Víctimas del terrorismo: 128 euros al mes durante 4 años
  • Menores de 30 años con baja cualificación que sean beneficiarios del sistema nacional de garantía juvenil: 275 euros al mes durante 3 años

Para la contratación temporal

  • Personas discapacitadas que sustituyen a otra persona discapacitada: 366 euros al mes durante la sustitución
  • Menores de 30 años que sustituyan a una persona de baja por riesgo de embarazo, en lactancia, nacimiento o cuidado del menor o corresponsabilidad en lactancia: 366 euros al mes por la persona sustituida y sustituta durante el tiempo que dure el contrato
  • Para sustituir autónomos de baja por las mismas razones anteriores: 366 euros al mes durante la sustitución
  • Si se cambia de puesto a una persona por riesgo de embarazo o para adaptar su puesto por una enfermedad profesional: 138 euros al mes, mientras dure el cambio de puesto

Bonificaciones para los contratos formativos

  • Para el contrato de formación en alternancia (siempre y cuando no estén suscritos en el marco de programas públicos de formación): 91 euros al mes en general, 28 euros al mes para los cuotas de la persona trabajadora, 1,5 euros por costes derivados de la tutorización. También se aplica un porcentaje para los costes de la formación recibida.

¿Qué son los nuevos incentivos a la contratación?

Para la transformación a contratos indefinidos

En su cometido de transformar los contratos temporales en indefinidos, también se han establecido una serie de bonificaciones. Son las siguientes:

  • Contratos formativos: 128 euros al mes y 147 euros al mes (mujeres) durante 3 años
  • Relevo: 55 euros al mes y 73 euros al mes (mujeres) durante 3 años
  • Incorporación a cooperativa como socio: 138 euros al mes durante 3 años
  • Personas desempleadas que pasen a ser socios de cooperativas: 73 euros al mes durante 3 años y 147 euros al mes el primer año y 73 euros al mes los 2 restantes (menores de 30 años y menores de 35 años con discapacidad mínima del 33 %)
  • Contratos predoctorales para personal investigador: 115 euros al mes durante todo el contrato

Para sectores específicos

  • Para la transformación de contratos temporales a indefinidos en el sector agrícola: 55 euros al mes durante 3 años y 73 euros al mes durante 3 años (mujeres).
  • Prolongación de contratos fijos-discontinuos en turismo, comercio y hostelería: 262 euros al mes en febrero, marzo y noviembre de cada año

Más bonificaciones a tener en cuenta

Hay que saber, además, que los empresarios tienen otras bonificaciones que ya estaban vigentes anteriormente, pero que ahora han sido modificadas en algún punto. Nos referimos, por ejemplo, a la bonificación del 45 % o del 30 % en la contratación de empleados del hogar; a la contratación de personas con discapacidad en distintos grados y circunstancias, que puede alcanzar bonificaciones de hasta 425 euros al mes mientras dure el contrato; a la contratación de personal investigador, que puede ser de 115 euros al mes o más, si son mujeres; o a la contratación temporal de sustitutos para víctimas de violencia de género o explotación sexual, que abarca el 100 % de las cuotas.

Todas estas bonificaciones, pues, deben ser tenidas en cuenta para la contratación de personas de ahora en adelante, puesto que están vigentes desde el 1 de septiembre. Muchas de ellas son, además, importantes garantes para la aplicación de medidas de conciliación y flexibilidad en nuestras empresas. ¡Hay que aprovecharlas!

Escrita por Woffu Editor