Hay una cuestión que trae de cabeza a las empresas desde hace algunos meses y que tiene que ver con la famosa ley de control horario. Si trabajas en un departamento de Recursos Humanos, seguro que el tema no se te ha escapado, pero… ¿está tu empresa cumpliendo ya con la nueva legislación vigente? ¿Qué pasa si decidimos no aplicarla? ¿Es verdad que pueden imponernos cuantiosas multas? Vamos a resolver todas tus dudas, a continuación.

Aclaremos primero: ¿qué es la ley de control horario y por qué tenemos que cumplirla?

El decreto-ley 8/2019 que obliga al control horario en España entró en vigor el pasado 12 de mayo. Con esta legislación lo que se pretende es combatir el fraude laboral y controlar las horas extra de los trabajadores. ¿Sabías que un 48% de las personas que hacen horas extra aseguran que no las cobran?

¿Por qué lo de volver a fichar no convence a algunas empresas?

Algunas empresas viven la implantación de esta ley como una vuelta al pasado. Consideran que en las nuevas circunstancias y entornos laborales controlar la presencia de los empleados no tiene sentido y es dar un paso atrás. Sin embargo, el nuevo sistema de control horario puede ser una interesante oportunidad para ambas partes, que contribuya a la conciliación y añada flexibilidad a las jornadas.

control horario app

¿Qué puede pasar si mi empresa no cumple con la ley de control horario?

Mucho ojo con eso, porque la legislación es más que clara en este sentido. Las empresas están obligadas a tener un registro de los horarios de entrada y salida de todos los profesionales que trabajan en ellas durante al menos cuatro años.

Esta información, de hecho, deberá ser aportada en caso de inspección. Y si por alguna razón el Gobierno detecta que existe alguna irregularidad o que sencillamente no se cumple con la obligación de fichar, pueden imponerse diferentes multas. Son las siguientes:

 

Multas por incumplimiento de la ley de control horario

 

  • Leves (de 60 a 625 euros) si no se informa correctamente de las condiciones laborales o no se entregan los informes de registro de jornada a los empleados.
  • Graves (de 625 a 6.250 euros) si se detecta que las horas extra no se pagan o que hay irregularidades en el horario.
  • Muy graves (de 6.250 a 187.515 euros) si las horas extra las han realizado menores de 18 años, si se producen impagos o retrasos reiterados.
Empiezan a caer las primeras multas por incumplimiento 

Mucho cuidado con saltarse la ley a la torera, porque puedes meter a la empresa en un buen embrollo. Es importante que implantes (si no lo has hecho todavía) un sistema para fichar. Woffu es una plataforma que además de ayudarte a gestionar las vacaciones y las ausencias de los empleados, también sirve para llevar al día el control de presencias.

Aunque algunas voces apuntan a ‘que no pasa nada por incumplir la ley de control horario’, conviene que sepas que ya se han producido las primeras inspecciones y, el Ministerio de Trabajo ha impuesto multas a un centenar de empresas.

Así, seis meses después de su implantación, la normativa de registro obligatorio de la jornada se ha saldado, por el momento, con la apertura de hasta 2.000 expedientes. Los inspectores han revisado más de 500 y 107 se han cerrado con una sanción. Esto significa que el 20% de las empresas inspeccionadas han sido multadas. Otras han sido instadas a regularizar su situación para cumplir con la normativa, bajo amenaza de sanción.

La cuantía reclamada por incumplimiento asciende a 112.000 euros… por el momento
Sí, las empresas que han sido sancionadas tendrán que pagar, lógicamente, una multa. Por el momento de media, las empresas multadas han tenido que pagar sanciones de unos 1.000 euros. Aunque, como ya te hemos indicado, el régimen sancionador oscila entre los 626 y los 6.250 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.

¿Por qué le llaman jornada parcial cuando quieren decir completa?

La obligación de fichar no solo se extiende a grandes empresas. De hecho, todas las organizaciones del país, sin importar su tamaño, deben aplicar algún sistema que permita a sus empleados registrar la jornada laboral. Un juzgado de Ciudad Real condenó hace poco a una peluquería que obligaba a sus empleadas a firmar menos horas de las que en realidad hacían. En este caso se dio por válido el testimonio de los trabajadores, que reconocieron que tenían que fichar como si hicieran una jornada parcial, cuando en realidad cumplían una jornada completa.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía condenó por circunstancias simulares a una empresa de catering y eventos a elevar el salario de un empleado que estaba contratado a jornada parcial, pero que en realidad trabajaba a jornada completa, así como a pagarle una indemnización más elevada por haberle despedido.

Empresas que modifican fraudulentamente los registros horarios

Otra empresa que falseaba el registro de la jornada en Murcia fue condenada por el Tribunal de Justicia de esta región, declarando nulo el despido de una empleada que denunció a la Inspección de Trabajo esta situación. Aunque los empleados y empleados fichaban correctamente las entradas y las salidas, la empresa modificaba a su antojo el registro de horas. Su conducta fue tipificada como muy grave y la sanción aplicada fue de 6.251 euros.

Caso distinto, pero igualmente llamativo, fue el de la directora de Recursos Humanos que fichaba con las tarjetas de dos empleados que ya no trabajaban en la empresa. Su despido (puesto que la empresa tomó cartas en el asunto) fue declarado procedente por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. No hay que perder de vista que estas tarjetas son personales e intransferibles, de modo que usar las de otro sujeto es perfectamente sancionable.

Y tú, ¿todavía te estás planteando lo de aplicar la ley de control horario en tu empresa? ¿Sabes cómo puede ayudarte Woffu y qué puedes hacer para que los empleados no se olviden de cumplir con su obligación de fichar?

Escrita por Martín Roccatagliata