Esta semana ha saltado la noticia de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado la razón de nuevo a una mujer, declarándola exenta de tributar por IRPF la prestación de maternidad que percibió de la Seguridad Social. Los magistrados se amparan en la propia Ley del IRPF que establece que las prestaciones familiares están exentas de tributación.

En España, el permiso de maternidad consta de 16 semanas, que hay que disfrutar de manera ininterrumpida. Las mujeres pueden ceder, como mucho, diez de estas semanas al padre. Siempre y cuando las seis primeras después del parto las disfrute ella.

Durante todo este tiempo, las mujeres perciben una prestación que debe corresponderse al 100% de lo que la empresa cotice. Pero hay ciertas características y condiciones que deben conocerse bien.

¿Qué es el permiso de maternidad y en qué consiste?

El permiso de maternidad es un periodo de 16 semanas que la mujer puede disfrutar después de haber dado a luz o formalizado una adopción. Las primeras seis semanas son de disposición exclusiva para la madre, mientras que las diez siguientes pueden ser transferidas al padre.

Existe, eso sí, la posibilidad de llegar a un acuerdo con la empresa para que estas semanas (las diez restantes) puedan trabajarse a jornada parcial. Y así alargar el permiso hasta que se termine. Es una buena opción para facilitar la conciliación familiar.

¿Cuál es el importe de la prestación?

La prestación que percibirá la madre será la correspondiente al 100% de lo que la empresa cotice por ella. Esto es, el sueldo que normalmente perciba.

A todo esto, es importante tener en cuenta que la prestación está sujeta a una serie de condiciones.

¿Quiénes pueden acogerse al permiso de maternidad?

Para percibir la prestación, es imprescindible haber cotizado al menos 180 días durante los últimos siete años. O tener cotizados, como mínimo, 360 días en toda la vida laboral.

Si la madre tiene menos de 21 años cuando nazca el bebé, no tendrá que haber cotizado un mínimo. En el caso de que tenga entre 21 y 26 años, tendrá que tener cotizados al menos 90 días en los últimos siete años o 180 días en el cómputo de su vida laboral.

¿Qué hay que hacer para solicitarlo?

Para solicitar el permiso de maternidad, hay que presentar una serie de documentos a las oficinas de la Seguridad Social. Con el parte de nacimiento del hospital, el médico de cabecera entregará a los progenitores el informe de maternidad.

En este debe constar la fecha del nacimiento. Además, si la mujer estuviera de baja en el momento del parto, el médico también tendrá que entregar el parte de alta. Este informe tiene que entregarse a la empresa en un plazo de siete días y recoger el certificado en el que se indica el período de baja.

Además, hay que aportar a la Seguridad Social la siguiente documentación:

  • El modelo oficial de Solicitud de maternidad, adopción o acogimiento cumplimentado. Puedes descargarlo desde aquí.
  • Original y copia del DNI o NIE de la madre.
  • Original y copia de la baja de maternidad.
  • Libro de Familia o certificación de la inscripción del hijo en el Registro Civil. También original y copia.
  • Modelo 145 de datos del pagador. Aquí se indica el porcentaje de IRPF que ha de retener la Agencia Tributaria.
  • Certificado de la empresa, en el que se indique el inicio y la finalización del permiso de maternidad.
  • Original y copia de la última nómina percibida.
  • La resolución judicial, en caso de adopción o acogimiento.
  • Certificado en el que se indique si se quiere disfrutar de la prestación a tiempo parcial, emitido por la empresa. Ocurrirá lo mismo en el caso de que la madre quiera ceder las semanas restantes de permiso al padre.

¿En qué consiste el permiso de lactancia?

El permiso de maternidad tiene otros permisos asociados. Uno de los más importantes es el permiso de lactancia. Las madres que lo soliciten tendrán una hora de lactancia al día, durante la que podrán ausentarse del trabajo sin que se les descuente de la nómina en los nueve primeros meses de vida del bebé.

La empresa no puede establecer el horario, de modo que será la madre la que decida (tanto si la lactancia es natural como artificial) si quiere ausentarse una hora de su jornada laboral en dos franjas de media hora cada una.

Otra opción es la de reducir la jornada. Pudiendo entrar media hora más tarde o salir media hora antes.

Además, hay que tener en cuenta que en los turnos de 24 horas, se establece una hora de lactancia por cada 8 horas de trabajo. Esto serían 3 horas. Sea como sea, aunque se haya solicitado una reducción de jornada, la hora de lactancia podrá disfrutarse de manera íntegra.

En los partos múltiples, a la madre le corresponde una hora de lactancia por hijo. Si el trabajo que desempeña la madre es incompatible con la lactancia, ésta podrá solicitar un cambio de puesto. Y si no es posible, tendrá derecho a percibir un subsidio del 100% por riesgo durante la lactancia.

Si la madre lo decide, será el padre el que pueda disponer de este permiso de lactancia. Otra opción, para la que hay que llegar a un acuerdo con la empresa, es la de sumar las horas de lactancia y convertirlas en permiso para alargar la baja maternal.

Otros permisos

La madre también podrá solicitar una reducción de jornada (entre un tercio y un octavo) para cuidar a un hijo menor de 12 años. El sueldo se adaptará al porcentaje de jornada. En algunas comunidades autónomas, incluso es posible percibir algún tipo de ayuda económica para padres y madres que hayan solicitado una reducción de jornada.

Las excedencias sin sueldo pueden hacerse efectivas antes de que el niño haya cumplido tres años de vida. La empresa está obligada a reservar ese mismo puesto de trabajo durante al menos un año. Para la reincorporación, la empresa tiene que ser avisada con al menos dos semanas de antelación.

Si eres el responsable de Recursos Humanos y tienes este tipo de solicitudes, te aconsejamos utilizar el gestor de vacaciones y ausencias de empleados Woffu. Con esta solución dejarás de perder tiempo en esta gestión, conseguirás reducir el absentismo hasta un 20% el primer año y tendrás acceso a unos informes completos donde obtener la información necesaria en cada momento.

Escrita por Laia Hernando