Finalmente ha sido aprobado. Es el decreto ley con el que el Gobierno obliga a las empresas al control horario. A través de esta nueva ley, las compañías deberán llevar un registro horario del trabajo de los empleados. Con esto, los trabajadores volverán a fichar como se hacía antes.
La medida, que tendrá que aplicarse en un plazo de dos meses, quiere ayudar a combatir el fraude laboral y controlar las horas extra, de modo que no haya trabajadores que estén haciendo horas de más sin cobrarlas y las empresas se aprovechen de esta circunstancia.
Las empresas deberán instalar el sistema de control horario
El nuevo decreto ley recoge una serie de medidas para resolver el problema del control horario y conseguir que se respeten los derechos de los trabajadores. Según la Encuesta de Población Activa (EPA) del cuarto trimestre de 2018, más de la mitad de los trabajadores afirman que hacen más de 40 horas a la semana y los que estaban contratados a jornada parcial, no tenían una jornada que coincidiera con la declarada legalmente. Por si esto fuera poco, un 48% de las personas que hacen horas extra, aseguran que no las cobran.
De este modo, las empresas tendrán un plazo de dos meses para instalar sistemas de control horario que permitan registrar las jornadas laborales de los empleados.
No obstante, la legislación funcionará como base legal, porque será la empresa la que negocie las diferentes medidas aplicadas con los representantes de los trabajadores. Y es que, lógicamente, será necesario que estas iniciativas se adapten a las necesidades y características particulares de cada empresa.
El TJUE ya avaló la necesidad del control horario
A finales de enero, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) corrigió al Supremo para señalar que las empresas tenían la obligación de implantar un sistema que permitiera hacer un cómputo de las horas trabajadas. El sistema de control horario debe garantizar, según el tribunal europeo, el registro adecuado de las horas extraordinarias.
Antes de todo esto, el Tribunal Supremo había fallado en una sentencia de marzo de 2017 que para las empresas no era obligatorio registrar las jornadas ordinarias de los trabajadores. En este caso, solo es preciso llevar un registro de las horas extraordinarias para comunicarlas a final de mes. Sin embargo, las estadísticas oficiales revelan que, en efecto, el control horario no está siendo todo lo preciso y justo que debería. Tanto es así que se pierden la mitad de horas extra que hacen los trabajadores españoles.
¿Qué medidas recoge exactamente el nuevo decreto para el control horario?
Ya te hemos indicado que las empresas tendrán dos meses de plazo para aplicar el nuevo sistema de control horario. Sin embargo, antes tendrán que llevar el decreto a la negociación colectiva, mediante previa consulta a los representantes de los trabajadores.
Lo que se indica en el decreto, además, que en este nuevo sistema de control horario será imprescindible registrar la hora concreta de entrada y salida de cada empleado. Estos registros tendrán que ser conservados durante al menos cuatro años, a disposición de cualquier inspección laboral, de la Seguridad Social, de los sindicatos e incluso de los propios trabajadores.
¿Y si no se registran las jornadas laborales?
En el caso de que no se lleve a cabo el nuevo control horario, las empresas incurrirán en una infracción grave. Esto será así gracias a la modificación de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en la que se incluye el registro de la jornada.
Las sanciones podrán acarrear multas de entre 626 y 6.250 euros para las empresas, aunque no podrá multiplicarse. Es decir, aunque la empresa tenga muchos trabajadores, el importe de la sanción no se multiplicará por la cantidad de empleados afectados, sino que se impondrá una sola multa general.
Cómo solucionar rápidamente la cuestión del control horario en tu empresa
Como te hemos indicado, para llevar a cabo el control horario que exigirá a partir de ahora la ley, las empresas tendrán que ingeniárselas para aplicar sistemas de control en el seno de sus organizaciones. Pero, ¿cómo?
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