En España, los trabajadores tienen derecho a un período de vacaciones anuales pagadas, según lo establecido en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015).
Sin embargo, existen situaciones en las que los empleados no pueden disfrutar de sus vacaciones durante el año laboral, ya sea debido a razones personales o a circunstancias empresariales. En estos casos, es importante entender cómo se deben pagar las vacaciones no disfrutadas de acuerdo con la legislación vigente.
Las vacaciones anuales pagadas en España
El período de vacaciones anuales pagadas en España varía según la duración y las condiciones del contrato de trabajo, pero generalmente se establece en 30 días naturales. No obstante, puede variar según el convenio. Este período de vacaciones tiene el propósito de permitir a los trabajadores descansar y recuperarse.
¿En qué casos las vacaciones no pueden disfrutarse?
Existen varios escenarios en los que un trabajador podría no disfrutar de sus vacaciones anuales, como por ejemplo:
- Que exista un acuerdo entre las partes: en ocasiones, la empresa y el empleado pueden llegar a un acuerdo mutuo para que las vacaciones no se disfruten durante el año.
- Falta de tiempo para disfrutarlas: en algunos casos, la carga de trabajo o la falta de personal en la empresa pueden impedir que los trabajadores disfruten de sus vacaciones cuando pueden o desean.
- Si se produce una enfermedad o accidente: si un trabajador está enfermo o se lesiona durante el período de vacaciones, tienen derecho a recuperar esos días.
- El trabajador deja de prestar sus servicios a la empresa: ya sea porque cambia de empleo o porque ha sido despedido por la empresa.
¿Cómo y cuándo se pagan las vacaciones no disfrutadas?
Las vacaciones no pueden compensarse con dinero, tal como señala el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, con dos excepciones: casos de jubilación y de despido.
Pago de las vacaciones en caso de jubilación
El trabajador que se jubila podrá cobrar las vacaciones no disfrutadas. ¿Cuánto? 2,5 días naturales de sueldo por cada mes trabajado. Imaginemos que un trabajador que cobra 2.500 euros mensuales se jubila en abril y todavía no ha disfrutado de ningún día de vacaciones. El cálculo sería el siguiente:
Con un salario de 2.500 euros mensuales, el salario por día natural alcanza los 83,33 euros. Si se han trabajado seis meses (hasta el 30 de junio), el trabajador tendría derecho a percibir 208,32 euros x 6 = 1.249,92 euros.
Pago de las vacaciones en caso de despido
Aunque el empleado hubiera sido despedido, tendría derecho igualmente a los días de vacaciones que le correspondieran por los días trabajados. Para un trabajador que cobra 1.600 euros mensuales, ha trabajado tres meses y ha sido despedido el 31 de marzo sin haber disfrutado de ningún día de vacaciones, el cálculo sería el siguiente.
El salario diario sería de 51,61 euros. Por tanto, estaríamos hablando de 129,02 x 3 = 387,06 euros. Esta cantidad se abonaría con el finiquito.
¿Y qué pasa entonces cuando el empleado no ha disfrutado de sus vacaciones pero sigue trabajando en la empresa?
Cuando un empleado no ha disfrutado de sus vacaciones, se considera que la empresa le debe días al empleado. Por tanto, ambos deberán llegar a un acuerdo para que el empleado pueda disfrutar de las vacaciones que no han disfrutado dentro del año corriente. No obstante, existen dos casos en los que esos días no disfrutados podrían pasar al año siguiente:
- En caso de incapacidad temporal. Si las vacaciones que se habían aprobado coinciden con un período de incapacidad temporal, el trabajador o trabajadora tendrá ocasión de disfrutarlas a posteriori, hasta 18 meses después de haber sido dado de alta.
- En caso de baja por maternidad, paternidad o lactancia. En este caso, los empleados también podrán disfrutar más adelante, en cuanto regresen de la baja.
Si la empresa no ha dejado hacer vacaciones al empleado, estará incurriendo en delito
No es lo más habitual, pero puede ocurrir que empresa y empleado no se hayan puesto de acuerdo y la primera no haya garantizado el derecho del trabajador a disfrutar de sus días de vacaciones. Si el segundo puede demostrar que la empresa le ha negado esta posibilidad, podrá denunciarla. Los pasos a seguir son los siguientes:
- En primer lugar, hablar con la empresa y tratar de negociar las vacaciones
- Si no responde, enviar una petición por escrito con copia firmada por las partes
- Si a pesar de eso no existe acuerdo, se puede reclamar a la Inspección de Trabajo
- En última instancia, se puede interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social
Sea como sea, es fundamental que el trabajador no se tome las vacaciones por su cuenta, ausentándose del trabajo sin contar con el beneplácito de la empresa. Si lo hace, la empresa podría alegar que el empleado se ha ausentado sin razones del trabajo, lo que justificaría un despido procedente.
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